2ª reunión de convenio

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En el día de hoy se ha procedido a la segunda reunión para la negociación del nuevo convenio en la planta de La Penilla.

La empresa nos da traslado de las siguientes propuestas y su valoración de los puntos que la plataforma del comité comunico en la primera reunión de la negociación, quedando la propuesta de la empresa de la siguiente forma:   

– Articulo 5 vigencia del convenio durante 3 años.

– Articulo 11 ampliar la comisión paritaria de 3 a 5 miembros.

– Articulo 14 reducción de jornada planteada por la plataforma del comité, la empresa no la valora y desea que siga como está establecida en estos momentos.

– Articulo 20 valoración de puestos, la empresa aportara  las descripciones, la puntuación e información de cada puesto de trabajo dentro de la fábrica.

– Articulo 22 actualizar los nombres de los niveles de empleados.

– Articulo 23 incorporar el aumento de tareas del puesto la empresa nos argumenta que este punto ya viene recogido en otros puntos del artículo.

– Articulo 26 dar justificante de un trabajo de nivel superior, la empresa está de acuerdo en dar dicha justificación al trabajador implicado.

– Articulo 30 retribuciones, Propuesta de incremento salarial: 1,5 % fijo anual + variable O.G., R.I.G. (+ 0,25 % , + 0,25 %  anual ) y BONUS anual del 2 %.

  Incorporar al convenio un nuevo artículo referido al BONUS.

– Articulo 31 C.A.S la empresa que no desea modificar dicho artículo.

– Articulo 33 horas extraordinarias incremento del 1,5 % anual.

– Articulo 34 plus dominical y festivo incremento del 1,5 % anual.

– Articulo 35 pluses nocturnidad incremento del 1,5 % anual.

– Articulo 35 B plus sábado y turnos, la empresa no quiere aplicar lo que se trasladó desde la plataforma de la parte social.

– Articulo 37 trabajos molestos incremento del 1,5 % y revisión de las zonas de calor.

– Articulo 38 plus frio incremento del 1,5 % y se revisaran las cámaras a 4ºC.

– Articulo 39 incentivo a la asistencia, este concepto no lo considera ni económica ni jurídicamente.

– Articulo 40 Vacaciones la empresa no está de acuerdo en subir las vacaciones como solicitaba la parte social.

– Articulo 41 excedencias.

* En materia de conciliación incorporar todas estas medidas al convenio colectivo, que hacen referencia a temas de flexibilidad e igualdad y que ahora no están:

a) aumentar la excedencia con reserva de puesto para el cuidado de hijos, pasar de los tres años hasta los 8 años del hijo/a. mejora de 5 años.

b) aumentar la excedencia con reserva de puesto para el cuidado de familiares, pasar de 2 años hasta los 5 años. Mejora de 3 años.

c) excedencia con reserva de puesto para aquel personal con una antigüedad de 1 año, con las condiciones actuales, pasar de 2 meses hasta los 6 meses, mejora de 4 meses.

d) permiso personal en las condiciones actuales pasar de 10 días naturales a 20 días naturales, mejora en 10 días.

e) elevar el permiso de paternidad 6 semanas, como medida de corresponsabilidad que deberá disfrutar el padre fuera del periodo de maternidad, corriendo a cargo de la empresa el exceso respecto a lo establecido en la legislación vigente. Mejora en dos semanas.

f) elevar el permiso de maternidad a 17 semanas, corriendo a cargo de la empresa el exceso respecto a lo establecido en la legislación vigente. Mejora en 1 semana.

* En materia de licencias:

a) elevar el permiso de 3 a 5 días naturales para el supuesto de fallecimiento y enfermedad grave de cónyuge e hijos. Incremento en dos días la actual licencia.

– Articulo 42 comedor la empresa nos traslada el rechazo a la propuesta.

– Artículo 44 obsequio lactancia 1,5 % anual .

– Articulo 46 permiso año de servicio se escogerá entre reloj o dinero, existirá la posibilidad de concretar 1 o 2 días al año para poder visitar la fábrica.

– Articulo 47 enfermedad y accidente los pluses cuando un trabajador se encuentre en periodo de baja, la empresa no se hará cargo de dichos pluses, así como la empresa no contempla la posibilidad de pagar un seguro médico privado para cada trabajador, por otro lado, si estaría dispuesta a que los gastos guardería computasen como retribución flexible.

– Artículo 51 obsequio de nupcialidad 1,5 % anual.

– Artículo 52 premio fomento a la natalidad, se quedaría congelado y si acepta cambiar el dinero por días de descanso.

– Artículo 53 ayuda por discapacidad 1,5 % anual.

– Articulo 54 obsequio navidad la empresa no quiere que aparezca la unidad a regalar en el texto

– Artículo 55 obsequio de Reyes 1,5 %   anual.

– Articulo 56 prendas de trabajo la parte empresarial quiere que este punto se traslade a la mesa de seguridad y salud laboral.

– Articulo 57 la empresa aportara 1500 € más a las actividades recreativas y deportivas.

– Articulo 58 formación la empresa no está dispuesta a asumir la propuesta de la parte social, ya que esgrime que el fijo discontinuo no puede ocupar la figura de interino.

– Artículo 59 ayuda  por jubilación, fallecimiento o incapacidad permanente, 1,5 % de incremento anual, no es partidaria de incluirlo en el plan de pensiones.

– Articulo 64 ascensos, consensuar textos los firmantes del plan de igualdad.

  • Jubilaciones parciales, en este sentido la empresa nos traslada que solo se harán efectivas en casos puntuales y muy concretos.
  • Complemento de producción la empresa no ve el pago de este plus.
  • F.D.  20 % pasar a indefinidos que era una pretensión de la parte social, la empresa nos comunica que No lo puede asumir, que cuando se hagan fijos será por necesidades de  la fábrica.
  • Establecer un compromiso en materia de contratación eventual en tanto en cuando se mantenga la legislación vigente a la firma de este convenio, en el siguiente sentido:Contratación eventual, recurrir al empleo eventual de la forma más limitada posible. La contratación eventual por circunstancias de la producción no podrá exceder del 10% de la plantilla, media en cómputo anual del centro de trabajo.No computaran los contratos de interinidad ni los contratos por obra o servicio.

 

USO NESTLÉ LA PENILLA   26/04/2018

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