PROPUESTA DE USO PARA CUBRIR PUESTOS POR F.D.

PROPUESTA DE USO PARA CUBRIR PUESTOS POR F.D.

CONFITERIA.

Fabricación:

CV601                       control, coger y poner tabletas

CV602                       control, coger, poner moldes y relevos

Bindler                      control, coger, poner moldes y poner frutos (avellanas, almendras)

Hoppe                       coger tabletas

Lloverás                    coger cajas

Escoger                     Avellanas – Almendras

Plegados:

Dst A  y  B                 coger

Flow Pack                coger      3  turrón

BIB 3                          coger

Cestindue                 coger      2

Inshida                      coger      4 a 8

Robots  ART             coger      3, alimentar   3

Robots Dimaq         coger      2, alimentar   5

Robots Schuber      coger      3, alimentar   3

NESQUIK

Promociones

Box palet

HARINAS

Subir big-bag  1%

Subir materias primas a 3ª planta

CHOCOLATES

Lavar Moldes y placas

Iman-Pack

CV732     Paletizado manual

LECHE

Movimiento big-bag

Movimiento de materias primas

LOGISTICA

Paletizado manual.

 

  • Excedencias:Laboral,Personal y Familiar.

Mínimo 1 día  y máximo 4 meses, con un máximo de 2 excedencias anuales de cada especialidad: Laboral, Personal y Familiar.

  • Vacaciones: igual que los fijos y las vacaciones del año anterior si los fijos tenemos tope para cogerlas el 28-02-2019, los F.D. también.

  • Que les den bajas, vacaciones y cubran los puestos No técnicos (sin formación) que hay en fabrica.

  • Que se regule a los F.D. que cumplen los requisitos para pasar a indefinidos.

 

PROPUESTA DEL COMITÉ PARA CUBRIRPUESTOS POR F.D.

  • Se aporta un listado de puestos para cubrir por F.D.

  • Excedencias: laboral, personal y familiar.

    • Laboral: hasta fin de contrato y máximo de 2 años, con reserva de puesto 2 años.

    • Personal: de 1 día a 20 días. 1 vez al año.

    • Familiar: de 1 mes a 5 años. Máximo 2 veces al año.

  • Vacaciones: Disfrute igual que los fijos indefinidos y con el tope del 28/02/2019 como todos.

  • Llamamiento :

    • Jueves en turno.

    • Excepciones, llamamiento por bajas y licencias retribuidas.Llamar con la mayor antelación posible.

  • Cubrir puestos indefinidos vacantes por bajas, invalidez, despidos, fallecimientos (todos menos los puestos amortizables) con F.D.

  • Que a los F.D. les den bajas, vacaciones y cubran los puestos no técnicos (sin formación).

  • Regularizar a los F.D. que cumplen los requisitos para pasar a indefinidos.

 

 

 

USO NESTLÉ LA PENILLA 22/02/2019

PREACUERDO NEGOCIACIÓN CONVENIO COLECTIVO FÁBRICA DE GIRONA

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PREACUERDO NEGOCIACIÓN CONVENIO COLECTIVO FÁBRICA DE GIRONA

Se someterá el Acuerdo alcanzado con la empresa el día de hoy a la votación de los trabajadores que convocará el próximo martes día 26 de 21h a 23h y el miércoles día 27 de 12h a 15h.

En Girona se han reunido, integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Empresa Nestlé España, S.A., centro de trabajo de Girona y la representación de la Empresa.

La parte social propone un cambio en su portavoz, que a partir de hoy será rotativo entre las secciones UGT, CGT, CCOO y CSIF. Hoy se designa a un miembro de UGT.

Presentada la propuesta por la parte económica y después de un debate, ambas representaciones han llegado a los siguientes:

ACUERDOS:

  1. El ámbito temporal será de 5 años, desde 1 de abril de 2018 al 31 de marzo de 2023.
  2. Los porcentajes pactados de incremento a pagar sobre salario son los siguientes:
    • 2018: 1,5 % más el porcentaje de consecución de bonus alcanzado dicho año. La suma de ambos términos consolida en las tablas salariales de 2018, sirviendo de base para el incremento salarial de 2019.
    • Desde 2019 y hasta 2022: 3 % anual consolidable en tablas y con revisión anualmente del IPC real para cada año de vigencia siempre que sea superior al 3%.
  3. CAS: Mantener el importe de la antigüedad en 444€/brutos e incorporar al artículo 23, un nuevo párrafo para clarificar el devengo a partir del 1 de enero del año en que se cumplan los años de servicio.
  4. Incrementar los pluses:
    Prima nocturna: en 2018, se incrementa en un 10 % y en los años sucesivos de vigencia del convenio, se incrementa según salario.
    Prima domingos y festivos: en 2018, se incrementa en un 5% y en los años sucesivos de vigencia del convenio, se incrementa según salario.
    Complemento especial: cada año de vigencia del convenio se incrementa según salario.
    Horas extraordinarias: cada año de vigencia del convenio se incrementa según salario.
    Incentivo para la reducción del absentismo: cada año de vigencia del convenio según salario.
  5. Se incluirán en el Convenio las siguientes primas:
    a) Prima Navidad (22 h. día 24/12, y 6 h. y 14 h. del día 25/12) y Año Nuevo (22 h. día 31/12, y 6 h. y 14 h. del día 1/1): 120 euros
    b) Prima guardia técnica: 120 euros, se abonará al colectivo de técnicos empleados que estén de guardia técnica en domingos y festivos.
    c) Prima sustitución encargado: 20 euros, se abonará al personal operario que sustituya en un turno la posición de encargado
    d) Prima sustitución supervisor: 30 euros, se abonará a los encargados que sustituyan en un turno la posición de supervisor.
  6. Revisión de los conceptos del Capítulo VII, artículos 37: ayuda por jubilación, invalidez permanente o fallecimiento, 38: obsequio lactancia, 39: por discapacidad, 40: ayuda matrimonio, 43: obsequio Reyes Magos en un 1,5% para cada año de vigencia del convenio colectivo. Mantener el importe del premio fomento a la natalidad, art. 41, en 4.901,90 €/brutos.
  7. Referido al premio de fomento de natalidad, recoger por convenio la práctica que tenemos de convertirlo en tiempo, reconociéndolo así en convenio colectivo.

“El importe de este premio, a solicitud de sus beneficiarios, podrá ser convertido total o parcialmente en tiempo de descanso equivalente, según su salario total anual.”

  1. En materia de flexibilidad y conciliación, incorporar las siguientes medidas al Convenio e Y Colectivo que hacen referencia a temas de flexibilidad e igualdad:
    a) Aumentar la excedencia con reserva de puesto para cuidado de hijos (según la legislación vigente), pasar de los 3 años hasta los 8 años del hijo/a.
    b) Aumentar la excedencia con reserva de puesto para el cuidado de familiares (según la legislación vigente), pasar de los 2 años hasta 5 años.
    c) Excedencia con reserva de puesto para aquel personal con una antigüedad de 1año, con las condiciones actuales, pasar de los 2 meses hasta los 6 meses.
    d) Permiso personal en las condiciones actuales, pasar de 10 días naturales a 20 días naturales.
    e) Elevar el permiso de paternidad a 6 semanas, como medida de corresponsabilidad que deberá disfrutar el padre fuera del periodo de maternidad, corriendo a cargo de la empresa el exceso respecto a lo establecido en la legislación vigente.
    f) Elevar el permiso de maternidad a 17 semanas, corriendo a cargo de la empresa el exceso respecto a lo establecido en la legislación vigente.
  2. En materia de Licencias,
  3. a) Elevar el permiso de 3 a 5 días naturales para el supuesto de fallecimiento de cónyuge/pareja de hecho e hijos.
    b) Permiso en el día de boda de padres.
    c) Licencia para acompañar a los hijos menores de 18 años a urgencias y al médico especialista.
    d) Licencia para acompañar a los familiares de primer grado y abuelos con enfermedades graves específicas de tipo cardiaco, cáncer o trasplantes.
  4. Artículo 44, Obsequio por años de servicio quedara redactado como sigue:
    La empresa obsequiara a su personal que cumpla 15, 25, 40 o 50 años de servicio en la Sociedad en la siguiente forma: 
    – 15 años: 500 euros brutos mediante transferencia bancaria (*)
    – 25 años: 4.656 euros brutos mediante transferencia bancaria (*)
    – 40 años: 5.330 euros brutos mediante transferencia bancaria
    – 50 años: 6.007 euros brutos mediante transferencia bancaria
    Junto con el importe por 25, 40 y 50 años, se entregará un diploma.
    Con motivo de los aniversarios se concede además un día festivo para celebrar el evento que se suele hacer coincidir con la tradicional comida de celebración de cumpleaños.
    (*) La aplicación será efectiva a partir de enero 2020.
  5. Mejorar los días de vacaciones para las personas mayores de 50 años, como sigue, en el artículo 34.2:
    A partir del año en que los trabajadores cumplan 50 años de edad, disfrutarán del siguiente número de días de vacaciones:
    50 años: 1 día laborable
    53 años: 2 días laborables
    56 años: 3 días laborables
    57 años: 4 días laborable
    59 años: 5 días laborables
    60 años: 7 días naturales
  6. Introducir un nuevo artículo en el convenio y regular, de acuerdo con la legislación vigente, el sistema de retribución flexible para:
    1. Seguro médico
    2. Cheque guardería
  7. Incorporar al convenio e incrementar el tiquet restaurant a 10 euros, con el mismo sistema actual en la fábrica.
  8. Modificar el artículo 46 para cobrar el 100 % del salario en todas las bajas por enfermedad
  9. Modificar el artículo 48 para incluir el cobro de todas las primas durante la baja por accidente laboral.
  10. En el artículo 31. 2, incentivo para la reducción de absentismo, eliminar la referencia al artículo 52, letra d, párrafo 2, del Estatuto de los trabajadores. Así mismo se último inciso para excluir del cálculo de la prima de absentismo, las horas de PIF.
  11. El disfrute de las horas NCE se flexibiliza para su disfrute en bloques de al menos 3horas:
    – Con un preaviso de 7 días naturales
    – Sin preaviso para imprevistos siempre que organizativamente sea posible.
  12. Incrementar la flexibilidad horaria para los empleados en jornada flexible, para que el tiempo de obligada presencia cuando empezaba a las 9:00, empiece a las 9:30 y cuando finalizaba a las 17:00, finalice a las 16:30.
  13. En Navidad, Dolce Gusto parará durante la semana de Navidad ajustando el descanso con días de regularización de jornada.
  14. Eliminar el apartado c) del artículo 4 del convenio, referido a grupos técnicos,
    administrativos y subalterno.
  15. Con respecto a los empleados que estén económicamente por debajo del nivel 5 de obreros, la parte económica se compromete a revisar individualmente su PDP.
  16. Se concede una reducción de 8 horas de jornada para todos los trabajadores a partir de 2020, que se incorporará al texto del próximo convenio.
  17. Durante la vigencia del convenio, y tal como se ha venido haciendo, el trabajador con una vacante consolidada en cuyo contrato esté incluida la cláusula de no vacaciones en Julio y Agosto, podrá hacer vacaciones en los meses citados.
  18. Los trabajadores a partir de los 55 años podrán solicitar la no prestación de trabajo en turno de noche. Cada solicitud será valorada y se decidirá conjugando las necesidades organizativas de la fábrica y el no establecimiento de agravios no aceptados por los compañeros del solicitante. Igual solicitud podrá realizarse y deberá aceptarse cuando se trate de trabajadores que lo soliciten por prescripción facultativa
  19. Se acuerda el mantenimiento, de la ampliación de la cuantía de los anticipos de nómina hasta un importe igual al de tres pagas extraordinarias, según el procedimiento establecido.

Las referencias a los artículos del Convenio colectivo se entienden al artículo equivalente del nuevo Convenio colectivo.

La representación de los trabajadores adquiere el compromiso de desconvocar la huelga y las movilizaciones y acciones previstas para los próximos días.

La representación de los trabajadores someterá el Acuerdo alcanzado con la empresa el día de hoy a la votación de los trabajadores que convocará el próximo martes día 26 de 21h a 23h y el miércoles día 27 de 12h a 15h. Posteriormente, emplazará a la empresa para informarle y proceder en consecuencia.

USO NESTLÉ LA PENILLA 22/02/2019

13 ª REUNIÓN DEL CONVENIO 08-02-2019

13 ª REUNIÓN DEL CONVENIO   08-02-2019 

PETICIONES DEL COMITÉ DE EMPRESA

  • En la parte económica se estaría de acuerdo por mayoría.

  • En la parte social se solicita :

  • Permiso para acompañar al médico con familiares de primer grado y personas dependientes legalmente justificadas:

  • Reducción de 8 horas menos de jornada anual 2019, 16 horas para el 2020.

  • Empleados: Poder acumular el saldo de horas.

  • Pluses: Cobrar pluses en los casos de baja por enfermedad profesional o accidente laboral.

  • Opción de escoger el premio de 15 años ( bolígrafo) o 500 €

  • Aplicar una cláusula que garantice que si otras fábricas se consiguen mejoras sean de aplicación en La Penilla.

RESPUESTA DE LA EMPRESA

La empresa manifiesta que las condiciones económicas y sociales ofertadas el día 15/01/2019 es la última oferta: que si no se aceptan se partiría de cero.

 

  • Duración 3 años

  • Incremento del 1,5% fijo, con posibilidad de llegar al 2%.

  • Bonus del 2% de salario tabla.

  • Incremento de pluses 8%.

  • 1 semana más en maternidad.

  • 1 semana más en paternidad.

  • 20 días de permiso

  • 5 días de permiso por fallecimiento y enfermedad grave, hospitalización o intervención   quirúrgica  sin hospitalización   que precise reposo domiciliario  del cónyuge,  hijos y padres.

  • 25 jubilaciones parciales por orden  de edad.

  • 25 relevistas indefinidos de la fábrica.

  • Eliminar el límite del 3% del IPC.

  • Cláusula de revisión salarial sea a IPC anual.

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El martes 12 de febrero el comité mantendrá una reunión extraordinaria para dar una respuesta a la empresa: SI o NO a  la oferta de la empresa, en caso negativo que se quiere hacer.

 

 

USO NESTLÉ LA PENILLA   08/02/2019

2 ª REUNIÓN DE FIJOS DISCONTINUOS 07/02/2019

2 ª REUNIÓN DE FIJOS DISCONTINUOS 07/02/2019

La empresa ha suspendido la reunión porque el comité no tiene una postura común. (No se ha hecho reunión para consensuar las posturas del Comité de Empresa).

El viernes 15 a las 11:00 horas este Comité tendrá una reunión Extraordinaria para consensuar posturas para mejorar el acuerdo de F.D.

USO NESTLÉ LA PENILLA   07/02/2019

CONVENIO NESTLÉ GIJÓN LITORAL

FIRMA  DEL CONVENIO COLECTIVO NESTLÉ GIJÓN

ACTA FINAL

En Gijón,  a 29 de enero de 2019.

 Siendo  las 12:00  horas, se  reúnen las personas  que se expresan al margen, integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de  la Empresa   Nestlé España, S.A.,  centro de trabajo de Gijón.

Ambas  representaciones,  una   vez presentadas  sus propuestas y después de analizado y consultado el preacuerdo, se llegan a los siguientes:

ACUERDOS

 

1.-  Proceder a la firma  del texto del Convenio Colectivo de la empresa Nestlé España, S.A.,  centro de trabajo de Gijón y que se adjunta a la presente.

 

2.-  El ámbito temporal será desde 1   de abril de 2018 al 31 de marzo de 2021.

 

3.- Los porcentajes  pactados a pagar sobre salario para cada uno de los 3 años de vigencia  del Convenio serán para todos los conceptos salariales del Capítulo V de acuerdo al cuadro que se adjunta,  a excepción de los art. 22  (CAS) que mantendrá su valor y los art. 29, 30 y 31 por seguir un tratamiento  diferente,

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(*)  si el OG de NIM efectivo se consigue al  100% o en caso de no alcanzarse   se queda a 0,1 décimas se abonará el 0,25%  del nivel correspondiente  a la tabla salarial.

(* *) si el OG de NiM efectivo es superior en 0,4 décimas  se abonará un 0,25% del nivel correspondiente   a la tabla salarial.

 

4.- La revisión salarial de las tablas se realizará conforme a la evolución  que experimente  el IPC  real en cada uno de los referidos años de vigencia.

 

5.- Los incrementos salariales obtenidos consolidarán  en tablas.

 

6.-  Las  prestaciones     sociales   del  Capítulo    VIII  del  Convenio   quedarán   incrementadas    en  un  1,5  por  100  para cada  año  de  vigencia    del  Convenio,    salvo  el  premio   de  fomento   de  natalidad   que  mantendrá    su importe   actual durante  toda  la vigencia,   y los artículos  48,  49,  50 y 52,  por seguir   un criterio  diferente.

 

7.-   En   materia    de   retribución   flexible    a  la  que   hace   referencia   el  art.  50  se  pondrá   en   marcha   el  cheque guarderia   en  el mes  de  marzo   de  2019.

 

8.-  Mejora  para  el personal   de 57  a 61  años:  en  las  condiciones    de  cese  se garantiza  del  80%  del  salario   neto, teniendo   en  cuenta   el  importe  de  la  prestación   por  desempleo    en  salarios   inferiores   a 40.000   €/brutos.   Para  el personal   de  más  de  63  años  que  acceda   voluntariamente     a la jubilación    anticipada   se ofrece   en el momento  de acceder    a  la  jubilación     un   importe   del   75%   de   un   año   de   salario   más    antigüedad,    bruto,  que   tendrá    el tratamiento    fiscal  que  corresponda     de  acuerdo   con  la legislación   vigente  en cada  momento.

 

9.-Se   adquiere    el  compromiso     de  realizar   al  menos   tres  jubilaciones    parciales   en el  tiempo   de  la vigencia   del Convenio.

 

10.-   Incremento    del  10%  del  importe   de  la  retribución   variable   para   el  año  2019,   pasando    a ser  de  913   euros. Para el 2020,  tendrá   un  incremento    del  1,5%.

 

11.-   Se acuerda     autorizar     y  encomendar      a  Aránzazu     F…    R….    el  registro   del  convenio    colectivo suscrito  y todos los demás actos administrativos que conlleve.

 

En prueba de conformidad  ambas  representaciones  firman la presente acta, levantándose la sesión  a las  13:00 horas en el lugar y fecha al principio indicados.

 

Por parte de la representación  de los trabajadores/as:

USO NESTLÉ LA PENILLA   29/01/2019

VALORACIÓN DE USO A LA PROPUESTA DE LA EMPRESA 25-01-2019

 VALORACIÓN DE USO  A LA PROPUESTA DE LA EMPRESA 25-01-2019

Valoramos positivamente las mejoras ofertadas por la empresa al preacuerdo:

  • Jubilaciones parciales por fecha de nacimiento y los relevistas que sean de La Penilla.

  • Revisión anual sin tope del IPC y acumulable en tabla salarial.

  • El IPC ha quedado en el 1,2 %, la empresa da 1,5 %, el O.G. no se va conseguir, si ganamos algo del Bonus, puede ser una subida cercana 3%.

  • 1ª Reunión para mejorar el acuerdo de F.D. con avances significativos.

TAMBIÉN ENTENDEMOS QUE LA EMPRESA HA HECHO CONCESIONES EN OTRAS FÁBRICAS  QUE AQUÍ NO QUIERE NI HABLAR.

  • Permiso para acompañar al médico con familiares de primer grado y personas dependientes legalmente justificadas.

  • Reducción de 8 horas menos de jornada anual en 2019, 16 horas para el 2020.

  • 500 € por el bolígrafo premio 15 años.

  • Empleados : Poder acumular las horas .

  • Aplicar una cláusula que garantice que si en otras fábricas se consiguen mejoras económicas o reducción de jornada laboral que sean de aplicación en La Penilla.

REUNIÓN EXTRAORDINARIA DEL COMITÉ PARA VALORAR PROPUESTA DEL CONVENIO   25-01-2019

Se acuerda proponer una reunión con la empresa, para trasladarle las nuevas propuestas, que ha aprobado el comité.

  • En la parte económica se estaría de acuerdo por mayoría.

  • En la parte social se solicita :

  • Permiso para acompañar al médico con familiares de primer grado y personas dependientes legalmente justificadas:

  • Reducción de 8 horas menos de jornada anual 2019, 16 horas para el 2020.

  • Empleados: Poder acumular el saldo de horas.

  • Pluses: Cobrar pluses en los casos de baja por enfermedad profesional o accidente laboral.

  • Opción de escoger el premio de 15 años ( bolígrafo) o 500 €

  • Aplicar una cláusula que garantice que si otras fábricas se consiguen mejoras económicas o reducción de jornada laboral que sean de aplicación en La Penilla.

En comité propone una reunión para el día 8 de febrero a las 11:00 horas con la empresa. 

USO NESTLÉ LA PENILLA   25/01/2019