plataforma de USO para el convenio 2018 – 2019

 

ART.  5 – ÁMBITO TEMPORAL.-  El presente Convenio tendrá una vigencia del día 1 de abril de 2018 al 31 de marzo de 2020.

ART. 11 COMPOSICION.-

  • Por la Represenatción Social: 3 representantes, miembros de la Comisión negociadora, que en su momento designe el Comité de Empresa.
  • Por la representación: 3 miembros de la comisión negociadora firmantes del convenio, en función de su representatividad.

ART. 14 – JORNADA

La jornada de trabajo para el 2018 sera de 1770 horas con un máximo de trabajo de 220 dias.

La jornada de trabajo para el 2019 sera de 1744 horas con un máximo de trabajo de 218 dias.

ART. 20 – VALORACIÓN DE PUESTOS.-

Comunicar los puestos de trabajo  con el nivel y puntuación.

ART. 31  – COMPLEMENTO AÑOS DE SERVICIO.- Los aumentos periódicos por años de servicio (C.A.S.) se abonarán a todo el personal que preste sus servicios ininterrumpidos a jornada completa a razón de 444 €uros brutos anuales por cuatrienio.

Incremento IPC (1,4) + 2 % con revisión para el 2018 .

Incremento IPC (1,4) + 2 % con revisión para el 2019 .

ART. 33 – HORAS EXTRAORDINARIAS

Con un incremento del 15% sobre el valor/hora según tablas 2017 del anexo

ART. 34 – PLUS DOMINICAL Y FIESTA ABONABLE.- El importe del plus dominical que se abona igualmente en las fiestas abonables, será de 75 €uros por cada domingo/festivo trabajado.

ART. 34b –  PLUS DE SABADO

1º SABADO         1 DIA DE DESCANSO MAS 12 €       25 % del salario día
2º SABADO         1 DIA DE DESCANSO MAS 24 €       50 % del salario día
3º y 4º SABADO  1 DIA DE DESCANSO MAS 48 €     100 % del salario día
5º SABADO         1 DIA DE DESCANSO MAS 72 €     150 % del salario día

ART. 35 – PLUS DE NOCTURNIDAD.-

a) El personal que trabaje entre las 22 y las 6 horas, percibirá un complemento por trabajo nocturno fijado en 30 €uros por jornada completa.

b) Si se trabajasen menos de 4 horas de dicha jornada, este complemento se considerará como media y se percibirá 15 €uros. Si se trabajasen 4 horas o más el complemento se percibirá completo, 30 €.

ART. 37 – TRABAJOS MOLESTOS O INCÓMODOS.-

Incremento del 15 % por unidad u hora según tabla (denominación de trabajo molestos o incomodos)

ART. 38 –  PLUS DE FRÍO

Los trabajadores afectos a las cámaras de congelación de temperaturas iguales o  más frías de -18 ºC, o que realicen trabajos de mantenimiento, revisión y limpieza en el interior de las mismas, percibirán un plus, cuyo valor queda establecido en 2 €uros por hora efectiva trabajada.

ART. 38b–  PLUS DE AYUDANTE DE MANDO

El personal que realice las funciones de ayudante de mando, percibirá un complemento de 15 30  €uros por jornada completa.   

Si se trabajasen menos de 4 horas de dicha jornada, este complemento se considerará como media  y se percibirá 15 €uros. Si se trabajasen 4 horas o más el complemento se percibirá completo, 30 €uros.

ART. 39 – ABSENTISMO

ART. 39 – INCENTIVO ASISTENCIA

Establecer para este convenio un incremento variable por un importe de 1.200 € para el personal de la fábrica de La Penilla. Los beneficiarios son los trabajadores fijos, fijos discontinuos y eventuales en la parte proporcional al tiempo trabajado en el año, de la fábrica de La Penilla y el pago se realizara en la nómina del mes de septiembre del 2018, 2019 con independencia de que en tal momento los mismos estén trabajando o no en la fábrica.

Días de ausencia  mes              Abono  % mes                 euros

         0 días                                              100 %                        100 €

         1 días                                                  75 %                         75 €

         2 días                                                 50 %                        50 €

         3 días                                                 30 %                        30 €

         4 días                                                  15 %                        15 €

         5 días ó mas                                       0 %                         0 €

No se computara en los periodos de baja:

Enfermedades profesionales, accidentes laborables y accidentes itinere.

Con el fin de acortar los días de ausencia la parte social voluntariamente se podrá acoger a un seguro medico. La empresa se compromete a aportar el 50%  del seguro médico tipo adeslas o similar para el trabajador y mantener las condiciones ventajosas para la unidad familiar. Si el absentismo se sitúa en el 5 % o inferior, la empresa aportara el 100 % del seguro médico.

ART. 41 – LICENCIAS RETRIBUIDA La Empresa concederá a sus trabajadores licencia extraordinaria con retribución, en los casos y proporción siguientes:

a) Matrimonio del trabajador: 15 días naturales.

b) Nacimiento de hijo: tres día naturales

c) Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de cónyuge, padres, padres políticos, hijos e hijos políticos: tres días naturales

Para hermanos, abuelos y nietos, naturales o afines: dos días naturales

Que se aplique realmente y no pongan tantas trabas a los justificantes médicos.

d) Por fallecimiento de familiares de 1º grado sanguíneos ( padres, hijos y cónyuge) : 5 días naturales

e) Se tendrá derecho a un permiso retribuido de 1 día por ingreso en urgencia de parientes hasta 2º grado por consanguinidad, tal y como se viene aplicando hasta ahora.

f) Por el tiempo indispensable para llevar al médico a familiares de 1º grado (padres, hijos y cónyuge) y/o personas en situación de dependencia legalmente justificada, o enfermedades graves expresadas en el Real Decreto 1148/2011 de 29 de Junio que convivan en el entorno familiar.

g) Matrimonio, primera comunión o bautizo de padres, hijos, hermanos, nietos: 1 día natural

h) Traslado de domicilio: un día natural.

i) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal.

j) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo

k) El derecho de ausencia del trabajo por lactancia de un hijo menor de 9 meses, por nacimiento, o adopción, se podrá acumular en 12 días de permiso retribuido.

En los supuestos: b), y c) especificados anteriormente, cuando se produzcan fuera de la provincia, se ampliará el período de licencia a dos días naturales más.

En  el supuesto c) el beneficiario del permiso comunicará a su jefe un disfrute no coincidente con la fecha del hecho causante siempre que se mantenga la situación que lo origina.

Si la causa de la licencia se produce ya iniciada una jornada, a elección del interesado la licencia empezará a computarse el mismo día o bien al día siguiente, no abonándose en este caso el tiempo no trabajado el día en que se produjo la causa.

Inicio de cómputo o día de inicio de cómputo también llamado  «dies a quo» para los permisos regulados en los apartados a), por matrimonio, b) nacimiento de hijo y d) por fallecimiento de familiar del art. 41 del citado convenio.

Según  sentencia 145/2018 establece claramente que, en los casos en que el hecho causante del permiso en cuestión del art. 41, a, b y d,  ósea el día del matrimonio, del nacimiento del hijo o fallecimiento de familiar respectivamente,  sea en día no laborable para el trabajador o trabajadora, el día o inicio del  cómputo a partir del cual deben de empezar a contarse los días correspondientes,  debe de iniciarse a partir del  primer día laborable siguiente al hecho causante.

ART. 42 – COMEDOR.-

La Empresa continuará con su Comedor. Los gastos del comedor lo sufragara la empresa, pudiéndose escoger entre comer o desayunar.

ART.45 – AUTOBÚS

Suprimir el servicio de autobús para los trabajadores a cambio de una gratificación económica en una única paga la firma del convenio de 1500€ por trabajador.

Recuperación del sistema de bono de autobús para estudiante según  acuerdo  del  6 de julio de 2011.

ART. 46 – PREMIO POR AÑOS DE SERVICIO.-

reloj,con pulsera acorde al tamaño de la muñeca del trabajad@r

A requerimiento del trabajad@r se podrá acoger a cambiar el reloj por su valor económico.

ART. 54 – OBSEQUIO DE NAVIDAD.-

caja de bombones de 1 kilo.

ART. 56 – PRENDAS DE TRABAJO.-

Entregará 2 camisetas técnicas aptas para calor o frio por año.

ART. 58 – FORMACION.- La empresa desea que toda la formación que se imparta en el centro se realice en horario de trabajo. La asistencia a la misma fuera de ese horario tendrá carácter voluntario.

PLAN DE FORMACION

En enero se publicaran un listado de los puestos a cubrir por necesidades de producción.

  • Plan de formación especifico de cada puesto para el personal F.D. para que se establezca un orden descendente sin que hubiera brecha o discriminación al puesto a desempeñar para minimizar la contratación de personal interino que ocupe dicho puesto.
  • Fijar quien y como optaran a la formación y los puestos, preferencia orden de F.D.
  • La formación a desarrollar se hará en grupos de operarios consensuado con la parte social y de forma descendente según el orden establecido en los fijos discontinuos, con el fin de minimizar los contratos interinos.
  • Si en cualquier puesto se tuviese que contratar a un operario con contrato interino, la empresa se compromete en el plazo de 30 días, a realizar un curso específico de dicho puesto, según se establece en el punto anterior o en su defecto a la finalización de la campaña.

ADICIONALES

Los delegados de Seguridad y Salud serán elegidos por las secciones sindicales, se respetará la proporcionalidad de los resultados obtenidos en las elecciones sindicales.

Jubilaciones parciales seguir con ellas durante la vigencia del convenio

F.D. Pasar a indefinidos un 20% de F.D cada año de vigencia de convenio, por orden de lista.

Eventuales a los 2 años efectivos pasaran a F.D. (máximo 5 temporadas)

Complemento de producción de la Planta de la Penilla con el computo de las exportaciones, 1 %   adicional para acercanos a Gerona.

Consolidar en tablas los bonus de los años  2015, 2016 y 2017        

Prima días 24 , 31 de diciembre  de 200 €

CONDICIONES ECONOMICAS  2018

 

 

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