5ª REUNIÓN DE CONVENIO 29/08/2023

5ª REUNIÓN DE CONVENIO  29/08/2023

 La propuesta de la Empresa con el objetivo de tratar de  desbloquear las  negociaciones, para ello, en línea con lo que se ha venido tratando en las últimas reuniones, hace una propuesta para el convenio:

  • Vigencia de un año, entre abril de 2023 y marzo de 2024.

  • Incremento salarial de un 4%. En caso de que el IPC real del mes de marzo de 2024 fuese superior al incremento salarial pactado, la diferencia entre el IPC y dicho incremento se consolidará en las tablas salariales del año siguiente (abril 2024), con el límite  máximo de un 1% adicional

Mismo incremento salarial para: 4 %

  • Horas extraordinarias ( art. 32).   

  • Plus dominical y fiesta abonable (art. 33).

  • Plus de nocturnidad (art. 34).

  • Trabajos molestos o incómodos (art. 36).

  • Plus de frío (art. 37).

  • Absentismo (art. 38).

Reitera  su compromiso de, una vez se fije el marco de negociación de convenio a un año, iniciar las negociaciones del acuerdo de Fijos Discontinuos, en  función de la respuesta de la parte social.

Asimismo,    recuerda   el resto  de  los ofrecimientos   realizados  previamente:

  • Eliminar del artículo 34 – Licencias retribuidas, el apartado b) «Nacimiento de hijo: 3 días naturales», puesto  que quedó superado por la actual redacción legal del permiso por nacimiento.

  • Adaptar el lenguaje inclusivo en todo el articulado del convenio.

  • Ampliar, en el supuesto de acumulación de la lactancia de la letra h) del artículo 34, hasta los 14 días de permiso retribuido.

  • En materia de conciliación:
  • a. Adecuar el título del artículo 40 actual, respecto del permiso por nacimiento.

Además, ampliar su duración hasta las 18 semanas, siendo  las dos últimas un permiso retribuido a cargo de la empresa, siempre y cuando se disfruten de forma sucesiva y continuada a la semana 16 y siempre dentro del año siguiente al nacimiento o adopción. De lo contrario, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente.

  • b. Incrementar la duración del permiso personal del Art. 41 hasta los 28 días naturales.

  • Sustituir, en el Art. 49 – Premio por años de servicio, el bolígrafo de los 15 años y el reloj de los 25 años por el importe económico equivalente.

  • La empresa implantará, para el personal técnico y administrativo, una política de flexiwork consistente en 1 día o dos medios días de teletrabajo semanales a la firma del convenio.

El Comité de Empresa por unanimidad acuerda reunirse el jueves día 7 de septiembre a las 11:00 horas en sesión extraordinaria para valorar la propuesta de la Empresa y el viernes día 8 a las 10:00 horas quedando el Comité emplazado en una nueva reunión de Convenio.

    

USO NESTLÉ LA PENILLA   29/08/2023

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