
FIRMA DEL CONVENIO COLECTIVO NESTLÉ GIJÓN
ACTA FINAL
En Gijón, a 29 de enero de 2019.
Siendo las 12:00 horas, se reúnen las personas que se expresan al margen, integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Empresa Nestlé España, S.A., centro de trabajo de Gijón.
Ambas representaciones, una vez presentadas sus propuestas y después de analizado y consultado el preacuerdo, se llegan a los siguientes:
ACUERDOS
1.- Proceder a la firma del texto del Convenio Colectivo de la empresa Nestlé España, S.A., centro de trabajo de Gijón y que se adjunta a la presente.
2.- El ámbito temporal será desde 1 de abril de 2018 al 31 de marzo de 2021.
3.- Los porcentajes pactados a pagar sobre salario para cada uno de los 3 años de vigencia del Convenio serán para todos los conceptos salariales del Capítulo V de acuerdo al cuadro que se adjunta, a excepción de los art. 22 (CAS) que mantendrá su valor y los art. 29, 30 y 31 por seguir un tratamiento diferente,
(*) si el OG de NIM efectivo se consigue al 100% o en caso de no alcanzarse se queda a 0,1 décimas se abonará el 0,25% del nivel correspondiente a la tabla salarial.
(* *) si el OG de NiM efectivo es superior en 0,4 décimas se abonará un 0,25% del nivel correspondiente a la tabla salarial.
4.- La revisión salarial de las tablas se realizará conforme a la evolución que experimente el IPC real en cada uno de los referidos años de vigencia.
5.- Los incrementos salariales obtenidos consolidarán en tablas.
6.- Las prestaciones sociales del Capítulo VIII del Convenio quedarán incrementadas en un 1,5 por 100 para cada año de vigencia del Convenio, salvo el premio de fomento de natalidad que mantendrá su importe actual durante toda la vigencia, y los artículos 48, 49, 50 y 52, por seguir un criterio diferente.
7.- En materia de retribución flexible a la que hace referencia el art. 50 se pondrá en marcha el cheque guarderia en el mes de marzo de 2019.
8.- Mejora para el personal de 57 a 61 años: en las condiciones de cese se garantiza del 80% del salario neto, teniendo en cuenta el importe de la prestación por desempleo en salarios inferiores a 40.000 €/brutos. Para el personal de más de 63 años que acceda voluntariamente a la jubilación anticipada se ofrece en el momento de acceder a la jubilación un importe del 75% de un año de salario más antigüedad, bruto, que tendrá el tratamiento fiscal que corresponda de acuerdo con la legislación vigente en cada momento.
9.-Se adquiere el compromiso de realizar al menos tres jubilaciones parciales en el tiempo de la vigencia del Convenio.
10.- Incremento del 10% del importe de la retribución variable para el año 2019, pasando a ser de 913 euros. Para el 2020, tendrá un incremento del 1,5%.
11.- Se acuerda autorizar y encomendar a Aránzazu F… R…. el registro del convenio colectivo suscrito y todos los demás actos administrativos que conlleve.
En prueba de conformidad ambas representaciones firman la presente acta, levantándose la sesión a las 13:00 horas en el lugar y fecha al principio indicados.
Por parte de la representación de los trabajadores/as:


USO NESTLÉ LA PENILLA 29/01/2019