REUNION EXTRAORDINARIA DEL COMITE DE EMPRESA 30/09/2022

REUNIÓN EXTRAORDINARIA DEL COMITÉ DE EMPRESA   30/09/2022

 

ORDEN DEL DÍA:

Interpretación Articulo 13: Antigüedad en el puesto de trabajo.

 

Se convoca reunión extraordinaria del comité de empresa para la interpretación del articulo 13.- Antigüedad en el puesto de trabajo, el Comité de Empresa por unanimidad entiende que el personal del Departamento de Harinas cedido a otros departamentos no se esta aplicando el articulo 13.

El comité acuerda solicitar una reunión paritaria con la empresa para la interpretación del articulo 13 y solicitar cita con la abogada para su asesoramiento.

 

ART.   13 –  NORMAS GENERALES.-    El  trabajador   estará   obligado  a  realizar  el  trabajo convenido   bajo  la dirección   del empresario  o persona  en quién  éste delegue.

 

En  el cumplimiento  de la obligación  de  trabajar   asumida   en el contrato   el trabajador debe   al  empresario   la  diligencia   y la  colaboración   en  el  trabajo   que   marquen   las disposiciones legales,  los convenios  colectivos   y las órdenes  o instrucciones adoptadas por aquél  en el ejercicio  regular  de sus facultades  de dirección   y, en su defecto,   por los usos y costumbres.  En cualquier  caso, el trabajador  y el empresario  se someterán  en sus prestaciones recíprocas  a las exigencias  de la buena  fe.

 

El  empresario   podrá   adoptar   las medidas   que  estime  más  oportunas   de  vigilancia   y control  para  verificar  el cumplimiento  por el trabajador  de  sus  obligaciones  y deberes laborales,   guardando   en  su adopción   y  aplicación    la  consideración   debida    a  su dignidad    humana    y  teniendo    en  cuenta    la  capacidad    real   de   los  trabajadores disminuidos, en su caso.

 

Cuando   por  parada    definitiva   o  temporal    de  una   máquina    o  línea  de  trabajo,   la Empresa tuviese necesidad   de  pasar solamente   parte  del personal  de  la misma a otros departamentos,   teniendo   que  permanecer  los restantes  en el departamento   habitual para   realizar  otros  trabajos,   se  tendrá   en  cuenta    para   su  permanencia   -si   reúne condiciones   para  la ejecución   de los mismos- el siguiente  orden  de preferencia:

1º Antigüedad   en el puesto  de  trabajo

2° Antigüedad   en la Empresa

3° Eficacia  en el trabajo.

Entre las distintas modalidades   de contratación  vigentes  en cada  momento, se acuerda la contratación  de personal a través de la modalidad  de  Fijos Discontinuos.

USO NESTLÉ LA PENILLA   30/09/2022

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