CONVENIO NESTLÉ GIJÓN LITORAL

FIRMA  DEL CONVENIO COLECTIVO NESTLÉ GIJÓN

ACTA FINAL

En Gijón,  a 29 de enero de 2019.

 Siendo  las 12:00  horas, se  reúnen las personas  que se expresan al margen, integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de  la Empresa   Nestlé España, S.A.,  centro de trabajo de Gijón.

Ambas  representaciones,  una   vez presentadas  sus propuestas y después de analizado y consultado el preacuerdo, se llegan a los siguientes:

ACUERDOS

 

1.-  Proceder a la firma  del texto del Convenio Colectivo de la empresa Nestlé España, S.A.,  centro de trabajo de Gijón y que se adjunta a la presente.

 

2.-  El ámbito temporal será desde 1   de abril de 2018 al 31 de marzo de 2021.

 

3.- Los porcentajes  pactados a pagar sobre salario para cada uno de los 3 años de vigencia  del Convenio serán para todos los conceptos salariales del Capítulo V de acuerdo al cuadro que se adjunta,  a excepción de los art. 22  (CAS) que mantendrá su valor y los art. 29, 30 y 31 por seguir un tratamiento  diferente,

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(*)  si el OG de NIM efectivo se consigue al  100% o en caso de no alcanzarse   se queda a 0,1 décimas se abonará el 0,25%  del nivel correspondiente  a la tabla salarial.

(* *) si el OG de NiM efectivo es superior en 0,4 décimas  se abonará un 0,25% del nivel correspondiente   a la tabla salarial.

 

4.- La revisión salarial de las tablas se realizará conforme a la evolución  que experimente  el IPC  real en cada uno de los referidos años de vigencia.

 

5.- Los incrementos salariales obtenidos consolidarán  en tablas.

 

6.-  Las  prestaciones     sociales   del  Capítulo    VIII  del  Convenio   quedarán   incrementadas    en  un  1,5  por  100  para cada  año  de  vigencia    del  Convenio,    salvo  el  premio   de  fomento   de  natalidad   que  mantendrá    su importe   actual durante  toda  la vigencia,   y los artículos  48,  49,  50 y 52,  por seguir   un criterio  diferente.

 

7.-   En   materia    de   retribución   flexible    a  la  que   hace   referencia   el  art.  50  se  pondrá   en   marcha   el  cheque guarderia   en  el mes  de  marzo   de  2019.

 

8.-  Mejora  para  el personal   de 57  a 61  años:  en  las  condiciones    de  cese  se garantiza  del  80%  del  salario   neto, teniendo   en  cuenta   el  importe  de  la  prestación   por  desempleo    en  salarios   inferiores   a 40.000   €/brutos.   Para  el personal   de  más  de  63  años  que  acceda   voluntariamente     a la jubilación    anticipada   se ofrece   en el momento  de acceder    a  la  jubilación     un   importe   del   75%   de   un   año   de   salario   más    antigüedad,    bruto,  que   tendrá    el tratamiento    fiscal  que  corresponda     de  acuerdo   con  la legislación   vigente  en cada  momento.

 

9.-Se   adquiere    el  compromiso     de  realizar   al  menos   tres  jubilaciones    parciales   en el  tiempo   de  la vigencia   del Convenio.

 

10.-   Incremento    del  10%  del  importe   de  la  retribución   variable   para   el  año  2019,   pasando    a ser  de  913   euros. Para el 2020,  tendrá   un  incremento    del  1,5%.

 

11.-   Se acuerda     autorizar     y  encomendar      a  Aránzazu     F…    R….    el  registro   del  convenio    colectivo suscrito  y todos los demás actos administrativos que conlleve.

 

En prueba de conformidad  ambas  representaciones  firman la presente acta, levantándose la sesión  a las  13:00 horas en el lugar y fecha al principio indicados.

 

Por parte de la representación  de los trabajadores/as:

USO NESTLÉ LA PENILLA   29/01/2019

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